Transparencia Fundación Canaria Unión Deportiva Las Palmas Información actualizada a fecha: 1 de abril de 2024 La Fundación Canaria Unión Deportiva Las Palmas tiene un firme compromiso con la transparencia en los aspectos relacionados con su gestión y actividades- En esta sección de la web se puede consultar de manera sencilla la "información relevante acerca de la Fundación y sus actividades, incluyendo" aspectos que la Fundación publicita por voluntad de su patronato y sin que exista obligación legal de hacerlo. La información se publicita de acuerdo con lo establecido en la normativa "vigente y en el Protocolo de Transparencia de la Fundación, aprobado por el patronato de la Fundación en su sesión del día 18 de junio de 2020. En caso de reutilizarse la información publicada deben tenerse en cuentas las" condiciones previstas en el artículo 5.3 del mencionado Protocolo. "La Fundación Canaria Unión Deportiva Las Palmas está sujeta a Ley 19/2013," "de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y a la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública en la medida en que perciba subvenciones" públicas por encima de los importes previstos en dichas normas. "La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la" información pública tiene por objeto la regulación de la transparencia de la actividad pública y del ejercicio del derecho de acceso a la información pública en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Su aplicación descansa en los siguientes principios: "a) Principio de transparencia pública, en virtud del cual se ha de facilitar de" "oficio información permanente, objetiva y veraz sobre la organización," "funcionamiento y control de la actuación pública, en los términos y con los límites establecidos en la ley." "b) Principio de libre acceso a la información pública, en virtud del cual" "cualquier persona puede solicitar el acceso a la información pública, toda la" información pública es en principio accesible y el acceso solo puede restringirse en los supuestos previstos legalmente. "c) Principio de veracidad, en virtud del cual la información pública ha de ser" cierta y exacta asegurando que procede de documentos respecto de los que "se ha verificado su autenticidad, fiabilidad, integridad, disponibilidad y cadena de custodia." "d) Principio de accesibilidad, en virtud del cual la información se" proporcionará por medios o en formatos adecuados de manera que resulten "accesibles y comprensibles, conforme al principio de accesibilidad universal y diseño para todos." "e) Principio de gratuidad, en virtud del cual el acceso a la información y las" "solicitudes de acceso serán gratuitos, sin perjuicio de las tasas previstas" legalmente por la expedición de copias o la transposición de la información a formatos diferentes del original. "f) Principio de reutilización, en virtud del cual se promoverá que la" "información sea publicada en formatos que permitan su reutilización, de" acuerdo con la legislación aplicable en materia de reutilización de la información del sector público. "La ley regula, además, las obligaciones de las entidades sujetas a la misma y" los derechos y obligaciones de los ciudadanos en materia de transparencia. Para cualquier duda en relación con la transparencia puede dirigirse a la siguiente dirección de correo: transparencia.fundacion@udlaspalmas.es También puede contactar con el Comisionado de Transparencia: https://transparenciacanarias.org/contacto/ 1.- INFORMACIÓN INSTITUCIONAL. 2.- INFORMACIÓN EN MATERIA ORGANIZATIVA. 3.- SERVICIOS Y ACTIVIDADES. 4.- INFORMACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA. 5.- CONTRATOS CON ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 6.- CONVENIOS CON ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 7.- CONCESIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS. 8.- SUBVENCIONES RECIBIDAS DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. 9.- COLABORACIÓN CON EL COMISIONADO DE TRANSPARENCIA DE CANARIAS. 10.- INFORME ANUAL DE TRANSPARENCIA. 11.- PROTOCOLO SOBRE TRANSPARENCIA. Información en formato abierto (.txt)